miércoles, 14 de octubre de 2015

Iniciación de actividades

Compañeros, le dejo información gráfica respecto a los trámites legales que debemos realizar una vez obtenido el título profesional de Odontólogos Generales para poder ejercer.

En primer lugar se debe certificar la Iniciación de Actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII), vía internet o bien en sus dependencias físicas, llenando el formulario 445 de declaración de inicio de actividades y la inscripción al RUT (Rol Único Tributario), que identifica a cada contribuyente.

Además debemos considerar el pago de Patente Profesional Municipal, que es un permiso que otorga la municipalidad para emprender cualquier actividad comercial que necesite un local fijo. Ésta tiene una vigencia anual. Para  los profesionales independientes tiene vigencia indefinida y en todo el país, pero deben cancelar anualmente 1 UTM, que se puede cancelar en 2 cuotas semestralmente.

Los impuestos que se deben pagar son diferentes para:
-Trabajadores Dependientes: Impuesto Único de 2da Categoría (link)
-Trabajadores Independientes: Impuesto Global Complementario o Adicional (en extranjeros), y están sujetos al Pago Provisional del 10% sobre la renta bruta al momento de percibirla.



Saludos!

2 comentarios:

  1. Entonces, la Patente Profesional Municipal, ¿se paga en la Municipalidad donde el profesional resida? ¿o donde ejerza la profesión por primera vez? Ya que esta patente tiene vigencia en todo el país, supongo que con una sola realizada en un determinado Municipio, ¿el Odontólogo está facultado para trabajar en forma independiente en cualquier otra comuna?

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  2. Esta patente municipal, ¿se paga siempre? ¿o sólo cuando se trabaja independientemente? es decir, si trabajamos en el servicio público, contratados, ¿también es necesario pagarla?

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